Registro salarial y su relación con la auditoría retributiva

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Desde el pasado 14 de abril es obligatorio tener para todas las empresas un registro salarial, para promover la transparencia retributiva en las empresas y combatir la brecha salarial. Son muchas las dudas que surgen en torno a este tema, ¿es obligatorio para empresas pequeñas? ¿Qué lo diferencia de la auditoría retributiva?; ¿Cómo se hace?; ¿puedo consultarlo y saber cuánto cobran todos los trabajadores de mi empresa? A estas y otras preguntas os intentaremos dar respuesta en este post: 

¿Qué es el Registro salarial? 

El Registro salarial o retributivo es una medida de transparencia salarial que se traduce en un documento donde deben estar reflejados tanto el salario base como los complementos salariales y extrasalariales de todos los puestos de la empresa separados por sexo, con el objetivo de poder mostrar de una manera rápida y sencilla las posibles brechas salariales entre hombres y mujeres para puestos de trabajo de igual valor. 

La Brecha salarial es un indicador que mide la desigualdad retributiva entre hombres y mujeres y se calcula de la siguiente manera: 

formula brecha salarial

Cuando el promedio de las retribuciones de un sexo sea igual o superior al un 25%, se deberá incluir en el registro una justificación de dicha diferencia que debe ser motivada por causas no relacionadas con el sexo de las personas. Si bien, desde el pasado 14 de abril todas las empresas que operan en España están obligadas a llevar un registro retributivo, sea cual sea el tamaño o la actividad de estas, si hay brecha salarial igual o mayor al 25%, esta justificación solo es obligatoria en empresas de más de 50 trabajadores. 

En el caso de que una empresa no se justifique correctamente la brecha salarial o directamente la empresa carezca de registro salarial, la multa puede oscilar entre los 6.251€ y los 187.5151€, por lo que es muy importante, además de hacer el registro, hacerlo correctamente desglosando claramente todas las diferencias en el caso de que las haya (experiencia, antigüedad, …).

¿Qué normativa regula el registro salarial? 

Por un lado, el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación. Este Real Decreto establece la obligatoriedad de que todas las empresas independientemente de su tamaño o actividad tengan un registro salarial con los salarios de toda la plantilla incluido el personal directivo y los altos cargos desagregados por sexos y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor. 

Por otro lado, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, de igualdad retributiva entre mujeres y hombres, que establece la obligatoriedad en empresas de más de 50 trabajadores de tener dentro de su plan de igualdad una auditoría retributiva y una valoración de todos los puestos de trabajo. 

¿Es lo mismo registro salarial y auditoría retributiva? 

No, el registro salarial es un documento que recoge los valores medios de los salarios y las medianas de los salarios de la plantilla desagregados por sexos y distribuidos por grupos y categorías profesionales y puestos de igual valor. Como ya hemos comentado el registro salarial es obligatorio para cualquier empresa sea cual sea su tamaño. Mientras que a la auditoría retributiva consiste en un análisis del sistema salarial de la empresa que permita definir las necesidades para evitar, corregir y prevenir los obstáculos y dificultades existentes para garantizar la igualdad.

En la elaboración de la auditoría retributiva se debe realizar un diagnóstico de la situación retributiva de la empresa, incluyendo la valoración de puestos de trabajo y la relevancia de otro factores desencadenantes de la diferencia retributiva y otras dificultades de los trabajadores con su conciliación familiar y laboral o su promoción profesional, así mismo debe contener un plan de actuación para corregir las desigualdades retributivas fijando objetivos, actuaciones concretas, cronograma y personas responsables de su implantación y seguimiento. A diferencia del registro salarial, la auditoría retributiva es solo obligatoria para aquellas empresas que tienen más de 50 trabajadores, es decir, aquellas que también tienen la obligación de tener un Plan de Igualdad

¿Cómo se hace el registro salarial obligatorio?  

Dependiendo del tamaño de la empresa, la confección del registro salarial puede ser más o menos laboriosa, ya que como hemos dicho anteriormente, debe incluir remuneraciones medias (salario, complementos salariales y percepciones extrasalariales) de toda la plantilla, incluyendo personal directivo y altos cargos, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor. 

Para facilitar esta labor, el Ministerio de Igualdad, junto con el Ministerio de Trabajo y economía Social ha presentado la llamada IR! La Herramienta de Igualdad Retributiva que permitirá a las empresas realizar su registro retributivo, y una guía de uso que explica paso a paso cada uno de los campos a desarrollar para llevar a cabo el registro sin ningún problema.  

Puedes descargarte tanto la guía como la herramienta aquí

El registro salarial debe realizarse una vez al año, aunque si hay cambios sustanciales en la estructura retributiva de la empresa, dicha actualización debe realizarse en el momento del cambio para evitar posibles sanciones en caso de inspección. 

¿Puede cualquier trabajador acceder al registro salarial de la empresa? 

Según el Estatuto las personas trabajadoras tienen derecho a acceder al registro salarial de su empresa a través de la representación legal de los trabajadores. Pues serán los representantes legales de los trabajadores los únicos con acceso al contenido íntegro del registro salarial. 

Pero ¿qué pasa si mi empresa no cuenta con representación legal de trabajadores? En ese caso, la información que la empresa proporcione al trabajador, en aras a cumplir con la ley de protección de datos, se limitará a las diferencias porcentuales si existieran, en las retribuciones promediadas de hombres y mujeres. Por lo que el acceso al registro no le servirá a un trabajador para saber si alguien de la empresa cobra más o menos que otro, pues el objetivo del registro salarial obligatorio es poner de relevancia la desigualdad salarial entre hombres y mujeres, no conocer de manera individualizada el salario de los trabajadores de la empresa. 

Resumen

Desde el pasado 21 de abril todas las empresas, independientemente de su tamaño o actividad, están obligadas a tener un registro salarial con el objetivo de verificar la igualdad salarial entre hombres y mujeres para puestos de trabajo de igual valor o, si no existe esta igualdad, poner de manifiesto la brecha salarial de una forma clara. 

El registro salarial debe incluir los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de toda la plantilla, desagregados por sexo y distribuidos por grupos profesionales, categorías profesionales o puestos de trabajo iguales o de igual valor. 

El Ministerio de Igualdad y el Ministerio de Trabajo y Economía Social han trabajado en una herramienta sencilla e intuitiva para facilitar la elaboración del registro salarial obligatorio, así como una guía de ayuda para elaborarlo. Tanto la herramienta como la guía de uso son gratuitas y pueden descargarse aquí. 

Los trabajadores podrán solicitar el acceso al registro salarial a través de los representantes legales de los trabajadores. Los trabajadores de aquellas empresas que no cuentan con representación legal, si solicitan ver el registro, solo podrán acceder a las diferencias porcentuales en las retribuciones promediadas entre hombres y mujeres, nunca al documento íntegro. 

Es muy importante para todas las empresas hacer correctamente su registro salarial, ya que las multas por no tenerlo o hacerlo mal, pueden oscilar entre los 6.215€ y los 187.000€. 

Si tienes dudas sobre el registro salarial obligatorio o cualquier otro tema relacionado con la gestión de tu empresa consúltanos y un experto te dará respuesta a la mayor brevedad. 

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